RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2009-EF-77.01


RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2009-EF-77.01.- Cronograma de pago de pensionesy otras prestaciones sociales y de personal y obligaciones sociales en la AdministraciónPública, correspondiente al mes de noviembre de 2009RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 010-2009-EF/77.01Lima, 2 de noviembre de 2009
Para garantizar la distribución de los recursos del Tesoro Público, por Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fisca , es necesario incluir el indicado Cronograma a los Gobiernos Locales comprendidos en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa a que se refiere elDecreto de Urgencia Nº 044-2009 .

DECRETO DE URGENCIA N° 107-2009.


DECRETO DE URGENCIA N° 107-2009.- Decreto de Urgencia que aprueba precisionesrespecto de las competencias en la preparación, gestión, administración y ejecución de lasobras del Proyecto Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, tramoVilla El Salvador - Avenida Grau
las condiciones actuales del transporte colectivo en la ciudad de Lima y sus zonasaledañas son contrarias al interés social y resultan antieconómicas, por la gran pérdida de horashombre, baja productividad y menor competitividad; a fin de facilitar que la Unidad Ejecutora “Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE” del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones asuma completamente las competencias, funciones y atribuciones que le corresponden por Ley, es necesario disponer que asuma las funciones que, en su momento, fueron encargadas a PROVÍAS NACIONAL, a mérito del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 032-2009, con la finalidad de evitar que se genere la duplicidad de funciones entre los Proyectos Especiales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 034-2009 citado anteriormente, actualmentese está gestionando ante la Corporación Andina de Fomento - CAF el préstamo para laculminación y puesta en marcha del Tramo Villa El Salvador - Av. Grau, el cual ya se encuentra aprobado por el Directorio de la citada Corporación, habiéndose considerado entre las condiciones aprobadas por la citada Corporación que el Órgano Ejecutor sea el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la Unidad Ejecutora “Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE”, considerando que ésta última constituye el órgano especializado, que cuenta con los conocimientos técnicos necesarios para ejecutar el Proyecto Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1: Tramo Villa El Salvador - Av.Grau; por las condiciones del préstamo,PROVÍAS NACIONAL ya no será la Unidad receptora del préstamo para la ejecución del Proyecto Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1: Tramo Villa El Salvador - Av.Grau, por lo que a fin de no generar un perjuicio económico y financiero para el Estado, es necesario precisar el encargo conferido a mérito del artículo 2, numeral 2.1, inciso a), del Decreto de Urgencia N° 032-2009, precisado por el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 034-2009 y por el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 042-2009

DECRETO SUPREMO N° 023-2009-DE


DECRETO SUPREMO N° 023-2009-DE.- Modifican Cuadros de Efectivos del Personal Militarpara el Año Fiscal 2010
Artículo 172 establece que el número de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, se fija anualmente por el Poder Ejecutivo; de acuerdo a la necesidad de conformar el GNP y completar la asignación de efectivos del Estado Mayor Conjunto del Comando Especial del Valle de los Ríos Apurímac y Ene (VRAE), el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ha formulado sus requerimientos de personal para el Año Fiscal 2010, en las cantidades y especificaciones correspondientes, siendo necesario incrementar los Cuadros de Efectivos del Personal Militar aprobados para el AF-2010.El incremento adicional de efectivos, como consecuencia del requerimiento de personal de Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, deberá ser atendido con el marco presupuestal aprobado para las Instituciones Armadas para el AF-2010.

DECRETO SUPREMO N° 015-2009-ED

DECRETO SUPREMO N° 015-2009-ED.- Aprueban el Estatuto de la Escuela NacionalSuperior Autónoma de Bellas Artes
modificada por la Ley : N° 26341, que modifica el artículo 99 de la Ley N° 23733, Ley Universitaria, precisando que entre otras la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, tiene los deberes y derechos que confiere la Ley N° 23733, Ley Universitaria, mantiene el régimen académico de gobierno y de economía establecidos por la Ley que la rige, otorgando a nombre de la Nación grados de Bachiller y los títulos de licenciado, equivalentes a los otorgados por las Universidades del país, siendo válidos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestría y doctorado.

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 285-2009-CE-PJ


RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 285-2009-CE-PJ.- Crean Juzgado de Paz en centropoblado del Distrito Judicial de Puno
Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Callaza, Distrito de Huacullani, Provincia de Chucuito, Departamento y Distrito Judicial de Puno, con competencia territorial en las Comunidades Campesinas de Callaza, Lacalaca, Aurincota, Huacashuma y la Unidad Agropecuaria de Cauranhuyo.Los límites geográficos del mencionado órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución.

RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1613-INC

RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1613-INC.- Declaran bien inmueble integrante delpatrimonio cultural de la Nación al templo de Tintiri, ubicado en el departamento de Puno
la Ley Nº 28296, “Ley Generaldel Patrimonio Cultural de la Nación”, el Instituto Nacional de Cultura viene realizando unapermanente identificación y registro de inmuebles, espacios, testimonio y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.el templo de Tintiri además de sus valores propiamente arquitectónicos, es un testimonio muy relevante de la compleja historia económica, social y política del altiplano peruano de los últimos años del siglo XVIII (etapa post rebelión tupacamarista) y el siglo XIX (época de apogeo de la economía exportadora lanera, del latifundismo y el gamonalismo). En su realización participaron curacas, grandes propietarios, artistas locales y principalmente las comunidades indígenas, dándole a la obra el carácter de obra común, reconocida por los habitantes de Azángaro como parte de su patrimonio, reuniendo condiciones suficientes para su declaración como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación siendo necesario promover su recuperación y puesta en valor , de lo expuesto , la Comisión acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, se declare bien inmueble integrante patrimonio cultural de la Nación al templo de Tintiri, ubicado en el distrito y provincia de Azángaro, departamento de Puno, por las razones expuestas en la parte considerativa.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 626-2009-CNM


RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 626-2009-CNM.-Expiden título a favor de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima NorteLima, 3 de noviembre de 2009
El doctor Francisco Rozas Escalante mediante escrito presentado el 2 de setiembre del presente año, solicita la expedición de nuevo título de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, quien anteriormente ostentaba el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Puno, al haber sido declara fundada su solicitud de traslado, en mérito a la Resolución Administrativa Nº 045-2001-CT-PJ de fecha 5 de marzo del 2001, expedida por el Consejo Transitorio del Poder Judicial.SE RESUELVE:Cancelar el título otorgado a favor del doctor FRANCISCO ROZAS ESCALANTE, de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Puno , Expedir el título a favor del doctor FRANCISCO ROZAS ESCALANTE, de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.

DECRETO SUPREMO Nº 074-2009-PCM

DECRETO SUPREMO Nº 074-2009-PCM.- Decreto Supremo que establece los LineamientosGenerales para la implementación del mecanismo de Alerta Permanente para la atención deemergencias, en los órganos del Sistema Nacional de Defensa Civil
el artículo 1 de La Constitución Política del Estado, establece que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, todos tienen el deber de respetarla y protegerla, siendo este precepto constitucional un elemento primigenio en la responsabilidad tutelar del Estado que se materializa en el marco de la institucionalidad democrática del país, a través del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, creado y regulado mediante Decreto Ley Nº 19338 - Leydel Sistema Nacional de Defensa Civil, cuya finalidad es proteger a la población, previniendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada y asegurando su rehabilitación en casos de desastres o calamidades de toda índole, cualquiera que sea su origen, correspondiendo al Instituto Nacional de Defensa Civil, en su condición de Organismo central, rector y conductor delSINADECI, conducir y dirigir las acciones de Defensa Civil a nivel nacional

ECRETO SUPREMO Nº 249-2009-EF

DECRETO SUPREMO Nº 249-2009-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 a favor del Ministerio de Educación para el otorgamiento de becas de estudios en la Zona del VRAE y al Gobierno Regional del departamento de Ayacucho y Gobierno Regional del departamento de Junín, para la contratación de 220 docentes , mediante el Decreto de Urgencia Nº 094-2009, se aprueban disposiciones para viabilizar y facilitar la intervención integral de los Programas Sociales y otras entidades en la Zona del VRAE, con el propósito de generar condiciones que permitan la intervención oportuna, eficiente y eficaz de dichos programas y entidades; siendo conveniente la adopción de medidas extraordinarias de carácter económico financiero y otras complementarias que faciliten su labor, según el rol específico que a cada uno le asigna la normativa o, de ser el caso, en materias que les son comunes.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0340-2009-ED

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0340-2009-ED.- Aprueban las “Normas para la creación, organización, funcionamiento y evaluación de los Centros de Recursos para el Aprendizaje en Educación Inicial - CRAEI”

CRAEI desea ampliar la prestación de sus servicios básicos y complementarios, impulsar las acciones de capacitación docente y desarrollo comunal, y promover la participación organizada dela comunidad y capitalizar sus aportes de materiales para la producción de nuevos recursos de aprendizaje teniendo en cuenta el diagnóstico realizado sobre la prestación de servicios educativos en el nivel de Educación Inicial, resulta necesario actualizar las normas que rigen la creación, organización, funcionamiento y evaluación de los Centros de Recursos para el Aprendizaje de Educación Inicial (CRAEI) con la finalidad de contribuir con eficiencia y eficacia a la mejora de la calidad del servicio educativo de la primera infancia y ampliar la cobertura de atención en aquellos lugares donde no existan dichos servicios educativos.